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Málaga 24h TV Una sentencia obliga a Bankia a devolver 290.000 euros

Una sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 15 de Málaga ha declarado nula la adquisición de participaciones preferentes de Bankia, antigua Caja Madrid, por importe de 290.000 euros, por parte de un vecino de Ronda, por lo que se condena a la entidad a devolver dicho dinero al demandante. El dictamen judicial en cuestión recoge que existe «vicio en el consentimiento prestado por la actora y en su virtud debiendo las partes restituirse recíprocamente las respectivas prestaciones con los intereses legales desde la fecha de la suscripción, 22 de mayo de 2009, con prestación a disposición a favor de Bankia S. A. de las acciones de dicha entidad recibidas en canje o compensando en su caso el importe recibido en venta de las acciones sin comisiones ni gastos con devolución igualmente por el actor de los intereses percibidos desde la fecha de adquisición de dichos productos por importe de 47.387,09 euros».

Según dicho texto,al que ha tenido acceso DIARIO SUR fue el 13 de enero de 2015 cuando el demandante, que entonces era abogado, asistido por el abogado rondeño Juan José Martín Rodríguez, denunció los hechos alegando que «Bankia ha sido negligente en el cumplimiento de sus obligaciones de seguimiento de la inversión e información al cliente». Así, la magistrada-juez Virginia Vargas-Machuca, argumenta que los empleados de Bankia en Ronda no le ofrecieron una «información veraz de las condiciones y características del producto que suscribió», «sin informarle del riesgo elevado» y de la posibilidad de perder su dinero, «solo se le manifestó que era ‘renta fija’, tratándose, sin embargo, de un producto de riesgo». «Incurrió en un error excusable», dice la sentencia.

English:
A judgment of the Court of First Instance number 15 of Malaga has declared void the acquisition of preferred shares of Bankia, the former Caja Madrid, amounting to 290,000 euros, by a neighbor of Ronda, so the entity is condemned to return that money to the plaintiff. The legal opinion in question includes that there is «defect in the consent given by the plaintiff and by virtue must the parties each give the respective benefits with legal interest from the date of subscription, May 22, 2009, with delivery available for Bankia SA of the shares of that company received in exchange or compensating where applicable, the amount received for sale of shares without fees or expenses to return equally by the actor of the interest earned from the date of purchase of such products by amount of 47,387.09 euros. »

According to this text, which has had daily access SUR was 13 January 2015 when the plaintiff, then a lawyer, assisted by rondeño lawyer Juan Jose Martin Rodriguez, filed a complaint alleging that «Bankia has been negligent in fulfilling their obligations investment tracking and customer information. » Thus, the magistrate-judge Virginia Vargas-Machuca, argues that employees of Bankia in Ronda did not offer an «accurate information on the conditions and characteristics of the product that signed», «without informing the high risk ‘and the possibility of losing your money, «one said he was ‘fixed income’ case, however, a risk product.» «Made an excusable error,» says the statement.
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